Copia del anuncio expuesto en el tablón de Servicios Sociales del Ayuntamiento.
ANUNCIO
Por Resolución de Alcaldía no 171, de fecha 24 de mayo de 2016, se ha aprobado el listado
provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en el proceso selectivo para la contratación
temporal de monitores para el Programa de Dinamización de la Infancia para el mes de julio de 2016,
del tenor literal siguiente:
“Visto la puntuación obtenida tras la celebración de la fase de entrevista personal el día 23 de
mayo de 2016 en el Centro de Servicios Sociales y la fase de baremación del currículum a los
aspirantes admitidos en el proceso de selección para la contratación temporal de monitores para el
Programa de Dinamización de la Infancia para el mes de julio de 2016, conforme a las bases
establecidas para este proceso de selección.
De conformidad con las bases de la convocatoria aprobadas por Resolución de Alcaldía no 126, de
fecha 21 de abril de 2016
RESUELVO
PRIMERO: Aprobar el siguiente listado provisional de aspirantes con la puntuación obtenida:
|
NOMBRE |
TOTAL MÉRITOS |
TOTAL ENTREVISTA |
TOTAL PUNTUACIÓN |
-----
1 |
León Fernández, María José |
6 |
NP |
6 |
-----
2 |
Doblado Gómez, Ana |
3 |
NP |
3 |
-----
3 |
Bello Serrano, Guadalupe |
3,4 |
3 |
6,4 |
-----
4 |
Pozas Domingo, Karen |
2,03 |
3 |
5,2 |
-----
SEGUNDO.- Los aspirantes calificados disponen de un plazo de tres días naturales, a partir de la
publicación de este anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Centro de Servicios
Sociales para formular reclamaciones a la puntuación obtenida.
Expirado el plazo para formular reclamaciones y una vez valoradas por el Tribunal Calificador se
publicará el listado definitivo de puntuaciones.
TERCERO: Publicar la presente Resolución en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y del Centro de
Servicios Sociales, y dar cuenta de la presente Resolución al Pleno en la próxima sesión ordinaria
que se celebre.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede
interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de
este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o
recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no
podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd.
cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.”
En Peñaflor, a 25 de mayo de 2016